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lunes, 29 de noviembre de 2010

La ordenanza de incendios no podrá aplicarse en los edificios industriales


  La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha estimado parcialmente la demanda presentada por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Badajoz contra la ordenanza Municipal de Protección Contra Incendios aprobada por el Ayuntamiento de Badajoz en el año 2008.
El conflicto ahora resuelto se produjo cuando los peritos e ingenieros técnicos denunciaron que esa ordenanza regulaba aspectos relacionados con la seguridad industrial a pesar de que los municipios no tienen competencias para reglamentar esta cuestión.
El Ayuntamiento de Badajoz se defendió y pidió la desestimación de la demanda, pero el TSJEx ha dictaminado ahora que son el Estado y la Junta de Extremadura las únicas administraciones que tienen competencias en materia industrial. «De lo expuesto debe concluirse la imposibilidad del Ayuntamiento demandado para establecer la regulación sobre la materia objeto del presente pleito por falta de título competencial para ello», dice la sentencia.

También indica «que no es necesario siquiera entrar a examinar si la ordenanza contradice o no dicha legislación pues, al carecer el Ayuntamiento de título competencial para regular la materia de seguridad contra incendios en establecimientos industriales, los artículos de la ordenanza que así lo hacen son nulos de pleno derecho», al igual que sucede con el régimen sancionador relacionado con los establecimientos industriales.
leido en: hoy.es

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